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Migración laboral en América Latina y el Caribe - Países: México - Protección y seguridad social

Protección y seguridad social

Social security agreement between Canada and Mexico.

En: Migrant access to social protection under Bilateral Labour Agreements: A review of 120 countries and nine bilateral arrangements / Clara van Panhuys,  Samia Kazi-Aoul y Geneviève Binette. -- Geneva: OIT. Social Protection Department. Labour Migration Branch, 2017. -- (ESS – Working Paper No. 57)

  • Derecho a la salud: El art. 8 de la Ley de Migración garantiza el derecho de las y los migrantes a los servicios médicos independientemente de su situación migratoria.
  • Acceso a la educación: La ley de migración, en su art. 8, otorga el derecho a la educación, incluidas hijas e hijos de trabajadoras migrantes.
  • La Ley Federal del Trabajo (LFT) está en proceso de armonización con los instrumentos internacionales que protegen los derechos de los trabajadores migrantes (IMUMI, 2014)
  • En México, la seguridad social es una garantía constitucional conforme al artículo 123 de la Carta Magna, sin hacer distinciones de nacionalidad, con la condición de que haya una relación laboral.
  • México ha celebrado convenios para evitar la doble tributación en materia de seguridad social, con España y otro con Canadá. Para tener derecho de totalizar las semanas cotizadas, uso de aportaciones para tener una pensión y definición de los supuestos de pago de cuotas de seguridad social.