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Migración laboral en América Latina y el Caribe - Países: Honduras - Marco legal e institucional

Marco Legal e Institucional

  • Mención sobre la Ratificación de los Convenios de la OIT

            No hay ratificaciones

Firmado: S/A Adhesión: 9 Aug 2005 a
  • Ley de Migración y Extranjería Decreto Ley No.208-2003 junto con el Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería son los instrumentos normativos en cuestión migratoria de este país. La instancia responsable de administrar la política migratoria del país depende principalmente de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia.
  • Actualmente el encargado de regular la política migratoria del Estado es el Instituto Nacional de Migración que se crea a partir del art. 6 del Decreto Ejecutivo PCM 031-2014 del 02 de Julio de 2014, establece que se suprime la Dirección General de Migración y Extranjería contenida en el decreto legislativo 208-2003 y sus reformas y se sustituye por el Instituto Nacional de Migración que cuenta con 2 subdirecciones. 
  • Es importante destacar que la Ley de Migración está ubicada dentro del paradigma de seguridad nacional.
  • A nivel multilateral es parte del Sistema de Integración Centroamericana (SICA) para aprobar el Acuerdo Regional de Procedimientos Migratorios CA-4 para la extensión de la visa única centroamericana.
  • La Conferencia Regional sobre Migración (CRM o Proceso Puebla) constituye un foro regional multilateral sobre migraciones internacionales, con base en experiencias que involucran situaciones de origen, tránsito y destino de las migraciones. Los países miembros de la CRM son: Belice, Canadá, Costa Rica, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá y República Dominicana.
  • Ha ratificado la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias (1990). No ha ratificado el Convenio sobre los trabajadores migrantes (revisado), 1949(Núm. 97) y el Convenio sobre los trabajadores migrantes (Disposiciones complementarias), 1975(Núm. 143) de la OIT.