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Migración laboral en América Latina y el Caribe - Corredores migratorios: Haitianos a República Dominicana - Marco Legal e Institucional

  • El Tribunal Constitucional de República Dominicana se pronunció sobre la situación migratoria mediante la sentencia TC/0168/13 (Septiembre, 2013) donde se ordena al Consejo Nacional de Migración elaborar un Plan Nacional de Regularización[1] de las personas extranjeras en situación irregular, establecido en el artículo 151 de la Ley 285-04.
  • El 29 de noviembre de 2013 el presidente de la República firmó el Decreto No. 327-13, que establecía un plan de regularización de 18 meses de duración. El decreto establecía la suspensión de las deportaciones de migrantes en situación irregular mientras durara el plan.
  • El Plan establece los criterios básicos (tiempo de radicación de la persona extranjera en el país, vínculos con la sociedad dominicana, así como las condiciones laborales y socio-económicas) que establecen distintas condiciones o criterios para la regularización migratoria del extranjero que se encuentre radicado en el territorio de la República Dominicana en condición irregular, bajo una de las categorías establecidas en la Ley General de Migraciones. Se crean, además, mecanismos de seguimiento para la tramitación de las diferentes categorías migratorias (residencias permanentes, temporales o no inmigrantes), para todas las personas que deban acogerse a esta regulación. (SICREMI, 2015)
  • La Ley de Naturalización (Ley No. 164-14) y su Reglamento 250-14 de  2014. Establecen: a) un régimen especial para los hijos de padres extranjeros no residentes nacidos en el país durante el período comprendido entre el 16 junio 1929 hasta el 18 abril de 2007 pero que fueron registrados en el Registro Civil dominicano utilizando documentos no reconocidos por la normativa vigente para estos efectos en el momento de la inscripción; b) el registro de los hijos de padres en situación irregular nacidos en la República Dominicana y que no estaban inscriptos en el Registro Civil. De esa forma, la ley reconoce la nacionalidad a miles de descendientes de inmigrantes haitianos. (SICREMI, 2015)
  • Haití  y República Dominicana han ratificado la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (1990) (CTM).

[1] El Plan Nacional de Regularización fue reglamentado por el decreto presidencial 327 del año 2013 y ordenado por la sentencia 0168-2013 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana que denegó la nacionalidad dominicana a Juliana Deguis Pierre y a cualquier persona nacida en República Dominicana de padres en situación irregular.